FacturaciónActualizado: 12 de mayo de 2026 9 min de lecturapor Equipo Halthia
IRPF para fisioterapeutas autónomos: cuándo aplicar retención al facturar a mutuas y empresas
Guía práctica para fisioterapeutas autónomos: cuándo poner retención de IRPF al facturar a mutuas, aseguradoras y centros, qué porcentaje y cómo evitar los errores más habituales.
Nota legal: contenido informativo general. No sustituye asesoría legal, fiscal u operativa personalizada.
Este artículo es orientativo. Para aplicar correctamente la retención de IRPF en tu caso concreto, consulta con tu asesor fiscal.
Si eres fisioterapeuta autónomo en España y facturas a mutuas de accidentes, aseguradoras o centros sanitarios, es probable que hayas tenido esta duda: ¿tengo que poner retención de IRPF en la factura? ¿Y en las facturas a pacientes particulares también?
No es una pregunta trivial. Un error aquí afecta a tus declaraciones trimestrales y puede crear problemas con Hacienda. La respuesta cambia según quién sea el pagador, y en fisioterapia los perfiles de cliente son variados: particular, mutua laboral, aseguradora privada, empresa de salud ocupacional.
Qué es la retención de IRPF en una factura
Cuando un autónomo presta servicios a una empresa, la empresa actúa como retenedor: descuenta un porcentaje del importe de la factura y lo ingresa directamente a Hacienda en nombre del autónomo. Para el autónomo, esa retención es un pago anticipado de su IRPF del año. En la declaración anual, se computa como ya pagado.
Dicho de otra forma: si emites una factura de 1.000 € con 15% de retención, la empresa te paga 850 € y le ingresa 150 € directamente a Hacienda. Tú recibes menos en el momento, pero en la declaración anual esos 150 € ya cuentan como IRPF pagado.
¿Cuándo aplica la retención de IRPF en fisioterapia?
La retención aplica cuando se cumplen estos tres requisitos a la vez:
El pagador es una empresa o autónomo: si facturas a pacientes particulares, no aplica retención de IRPF.
La actividad está sujeta a retención: la fisioterapia como actividad profesional (epígrafe del IAE de actividades profesionales) está sujeta. La clave es que estés dado de alta como profesional, no como empresarial.
No hay exención específica aplicable: hay casos donde la retención no aplica aunque el pagador sea empresa (ver más abajo).
En la práctica, para un fisioterapeuta autónomo en estimación directa, la retención aplica al facturar a mutuas de accidentes laborales, aseguradoras privadas, centros de salud ocupacional, clínicas que te contratan como autónomo y cualquier empresa que te pague por servicios profesionales.
¿Qué porcentaje de retención aplica?
Los tipos más habituales son:
15%: tipo general para actividades profesionales.
7%: tipo reducido para autónomos en los dos primeros años de actividad desde que empezaron a obtener rendimientos de actividades profesionales (o en el año de inicio y los dos siguientes).
El autónomo comunica al pagador qué tipo le corresponde. El pagador aplica el tipo indicado sin necesidad de verificarlo —la responsabilidad de declarar el tipo correcto es del autónomo.
Casos en los que NO aplica la retención (aunque factures a empresa)
La retención no aplica en estos casos:
Facturas a particulares: ninguna persona física que actúa como consumidor final, no como pagador empresarial.
Actividades en estimación objetiva (módulos): los autónomos en módulos tienen un tratamiento diferente; consulta con tu asesor.
Algunos arrendamientos de bienes: los alquileres no son actividades profesionales y tienen sus propias reglas.
Entregas de bienes: la venta de productos no está sujeta a retención de IRPF (sí a IVA, pero eso es distinto).
El caso más habitual: factura a mutua con IVA exento y retención IRPF
En fisioterapia se da con frecuencia una combinación que no aparece en guías genéricas: factura exenta de IVA (porque el servicio es terapéutico) pero con retención de IRPF (porque el pagador es una mutua o empresa).
La exención de IVA y la retención de IRPF son independientes. Se pueden dar juntas sin ningún problema. Así queda la factura:
Base imponible: 500,00 €
IVA: Exento (art. 20.Uno.3 LIVA) — 0,00 €
Retención IRPF 15%: -75,00 €
Total a cobrar: 425,00 €
La retención la ingresa la mutua directamente a Hacienda. En tu declaración anual, esos 75 € ya cuentan como IRPF pagado por adelantado.
¿Cómo incluir la retención cuando hay IVA al 21%?
Si el servicio no es terapéutico (masaje deportivo sin lesión, por ejemplo) y aplica IVA al 21%, la factura queda así:
Base imponible: 500,00 €
IVA: Exento (art. 20.Uno.3 LIVA) — 0,00 €
Retención IRPF 15%: -75,00 €
Total a cobrar: 425,00 €
Ejemplo para una factura de 500 € con IVA al 21% y retención 15%:
Base imponible: 500,00 €
IVA 21%: 105,00 €
Subtotal: 605,00 €
Retención IRPF 15% (sobre base, no sobre total): -75,00 €
Total a cobrar: 530,00 €
Nota importante: la retención se calcula sobre la base imponible (sin IVA), no sobre el total con IVA.
Errores frecuentes que generan problemas
No poner retención cuando toca
Si omites la retención en una factura a empresa cuando debería estar, la empresa puede rechazar la factura o retenerte el importe igualmente (y entonces no te llega el porcentaje correcto). En la declaración, si no declara la retención, puede haber diferencias.
Poner retención cuando no toca
Si incluyes retención en facturas a particulares o en facturas por actividades no sujetas, el particular no puede aplicarla como deducción —porque él no es retenedor. Resultado: recibes menos dinero sin que nadie lo ingrese a Hacienda por ti.
Calcular la retención sobre el total con IVA
La retención se aplica siempre sobre la base imponible. Un error frecuente es calcular el 15% sobre el total incluyendo IVA, lo que genera un importe incorrecto y descuadra la contabilidad del pagador.
No guardar los modelos 111/190
Como pagador retenedor, la empresa tiene que declarar e ingresar las retenciones en el Modelo 111 (trimestral) y el 190 (resumen anual). Asegúrate de que esas declaraciones llegan y que los importes coinciden con lo que aparece en tus facturas. Si hay diferencias, la inspección puede pedirte aclaraciones.
Cómo configurar los tipos de cliente en tu software de fisioterapia
La forma más segura de no equivocarse es configurar el tipo de cliente desde el principio, no decidirlo factura a factura:
Paciente particular: sin retención de IRPF. IVA exento si el servicio es terapéutico.
Mutua / aseguradora / empresa con retención 15%: la mayoría de clientes empresariales.
Empresa con retención 7%: solo si estás en los dos primeros años de actividad profesional.
Con esta configuración en tu software, el sistema aplica el tipo correcto automáticamente. No tienes que recordarlo en cada factura, y el riesgo de error desaparece.
Preguntas concretas que hacerle a tu asesor
Si no tienes claro tu situación, estas preguntas directas te dan respuestas útiles:
¿Mi actividad como fisioterapeuta autónomo está sujeta a retención de IRPF según mi epígrafe del IAE?
¿Aplico el 15% o el 7%, y hasta cuándo el 7%?
¿Las facturas a mutuas de accidentes llevan siempre retención?
¿Cómo declaro en el Modelo 130 si tengo retenciones de clientes empresa?
La regla práctica para no equivocarte
Paciente particular que paga directamente: sin retención. Mutua, aseguradora o empresa que te contrata: con retención al 15% (o 7% si estás en los primeros años). Y en todos los casos con fisioterapia terapéutica: IVA exento.
Cuando eso está configurado en el software, la factura sale correcta sola. El objetivo no es memorizar la norma, es tenerla automatizada para no tener que pensar en ella cada vez que atiendes a un paciente.
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¿Cuándo está exenta de IVA la fisioterapia en España?
Los servicios de fisioterapia con finalidad terapéutica (rehabilitación, tratamiento de lesiones) están exentos de IVA según el art. 20.Uno.3 LIVA. Los servicios de bienestar o estéticos sin objetivo terapéutico tributan al 21%. La clave es la naturaleza real del servicio, no solo la profesión del proveedor.
¿Qué datos obligatorios debe incluir una factura de servicios en España?
Una factura válida debe incluir número correlativo, fecha de emisión, datos del emisor (nombre, NIF, dirección), datos del cliente, descripción del servicio, base imponible, tipo y cuota de IVA (o indicación de exención), y total. Para 2026, VeriFactu exige además firma electrónica y registro de facturación certificado para muchos negocios.
¿Qué es VeriFactu y cuándo me afecta?
VeriFactu es el sistema de facturación verificable exigido por la AEAT para autónomos y empresas en España. Obliga a usar software de facturación certificado que envíe cada factura a Hacienda en tiempo real. Afecta a la mayoría de autónomos y empresas a partir de 2025–2026 según tramos.
¿Tengo que aplicar retención de IRPF si soy autónomo y facturo a una empresa?
En general sí, si tu actividad está sujeta a retención (actividades profesionales). El tipo habitual es 15% (o 7% para nuevos autónomos los primeros años). Si facturas a particulares, no aplica retención. Consulta siempre con tu asesor para casos concretos.
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